Cabo Mossos d’Esquadra

283,00 

ℹ️ Precio del curso:

Una vez realizado el pago le llamaremos para informarle de las fechas de inicio. En todo momento podrá contactar con nuestro responsable de académica Josep y con secretaría del centro.

Oposita a Cabo Mossos d’Esquadra.

Prepárate con nosotros y accede a:

  • Clases presenciales o por videoconferencia con acceso a las grabaciones.
  • Temario del curso 100% online.
  • Resolución de dudas por e-mail.
  • Profesorado titulado y con experiencia en oposiciones.
  • Idioma del curso: catalán.

¿Quieres más información? Estaremos encantados de atenderte, rellena el siguiente formulario y nos pondremos en contacto:

SKU: mossos_esquadra_caporales_gde_p Categoría: Etiquetas: , , ,

Descripción

Los cursos de preparación

Imagen relacionada

Horarios de preparación de la próxima convocatoria
 Días  Horas Fecha de inicio
Clases presenciales o por videoconferencia. (posibilidad de ver las clases en directo o en diferido). 30 horas. Ya iniciado.

 

Estructura del curso

  • El módulo 1: Normas primeras.
    1. La Constitución española de 1978; Derechos fundamentales y libertades públicas: la función policial en el marco constitucional.
    2. L’Estatut d’Autonomia de Catalunya; Competencias de la Generalitat en materia de seguridad pública y policía judicial.
    3. Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad del estado; artículo de aplicación directa a la Policía de la Generalitat – Mossos d’Esquadra.
  • El módulo 2: Policía de la Generalitat – Mossos d’Esquadra.
    1. Ley 10/2007, del 30 de julio, del Institut de Seguretat Pública de Catalunya.
    2. Ley 4/2003, de 7 de abril, de ordenación del sistema de seguretat pública de Catalunya.
    3. Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalitat – Mossos.
    4. Decreto 415/2011, de 13 de diciembre, de estructura de la función policial de la Dirección General de la Policía.
    5. Decreto 401/2006, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo del cuerpo de Mossos d’Esquadra.
    6. Decreto 183/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el reglamento de régimen disciplinario del Cos de Mossos d’Esquadra.
    7. Acuerdo GOV / 166/2006, de 24 de octubre, por el que se aprueban el Plan de carrera profesional del Cuerpo de Mossos d’Esquadra y determinadas medidas referidas a la relación de puestos de trabajo del cuerpo de Mossos d’Esquadra.
    8. Orden IRP / 326/2010, de 8 de junio, de modificación del apartado 2 del anexo 1 del Plan de carrera profesional del cuerpo de Mossos d’esquadra, aprobado por el Acuerdo GOV / 166/2006, de 24 de octubre. (Corrección de errata en el DOGC núm. 5660, p. 50 202, de 30.6.2010).
    9. Orden de 10 de noviembre de 1997, por el que se aprueba el Plan general de evaluación del cuerpo de Mossos d’Esquadra.
    10. Resolución IRP / 192/2010, de 27 de enero, por la que se aprueba la carta de servicios de la policía de la Generalitat – Mossos d’Esquadra.
    11. Acuerdo GOV / 25/2015, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Código de ética de la Policía de Cataluña.
    12. Instrucción 2/2012, de 13 de febrero, sobre el Sistema de gestión de la calidad de la Dirección General de la policía y su estructura documental
    13. Instrucción 16/2013, de 5 de septiembre, sobre la utilización de armas y herramientas de uso policial.
    14. Instrucción 11/2014, de 30 de abril, de modificación de la Instrucción 16/2013, de 5 de septiembre, sobre la utilización de armas y herramientas de uso policial.
    15. Instrucción 5/2008, de 11 de marzo, sobre el uso de armas de fuego por parte de los funcionarios del cuerpo de la Policía de la Generalitat – Mossos d’Esquadra.
    16. PNT 102/02/10 Nota Informativa. (Documento no público interno de Mossos d’Esquadra).
    17. PNT 225/02/15 Actuación policial en traslados penitenciarios. (Documento no público interno de Mossos d’Esquadra).
    18. Instrucción 5/2013, de 27 de febrero, sobre la tenencia de AREMA de fuego por parte de los miembros del CMI y de los procedimientos de recogida, retirada y depósito de armas.
    19. Política de la calidad de la Dirección General de la Policía.
    20. Procedimiento Operativo PRO-001, El proceso de la detención. (Documento no público interno de Mossos).
    21. Instrucción operativa IO-009. Medidas de Prevención y protección frente a agentes biológicos. (Documento no público interno de Mossos).
    22. Instrucción operativa IO-014. Supervisión operativa del proceso de detención. (Documento no público interno de Mossos).
    23. Procedimiento operativo AV-PR-001. El proceso de atención a las víctimas de violencia machista, doméstica y otras víctimas vulnerables. (Documento no público interno de Mossos).
  • El módulo 3: Procedimiento penal.
    1. Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, reguladora del procedimiento de habeas corpus.
    2. Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la orden de protección de las víctimas de violencia doméstica.
  • El módulo 4: Derecho penal.
    1. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de marzo, del Código Penal, modificada por las leyes orgánicas 1/2013 y 2/2015, de 30 de marzo de modificación de la Ley 10/1995, del Código Penal.
  • El módulo 5: Policía de seguridad y administrativa.
    1. Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo de protección de la seguridad ciudadana
    2. Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión.
    3. Ley 10/1999, de 30 de julio, sobre la tenencia de perros considerados potencialmente peligrosos.
    4. Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada: Título I, coordinación; Título III, personal de seguridad privada.
    5. Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas; definiciones, clasificación de las armas reglamentarias, armas prohibidas y tipo de licencia.

Estado de la convocatoria

Próxima convocatoria (2023):

  • Convocatoria publicada: Consultar en el siguiente enlace.
  • Solicitudes de inscripción:

Convocatoria (2015):

  • Resolución INT/1362/2015, de 16 de junio, de convocatoria por promoción interna, mediante concurso oposición, para cubrir 202 plazas de la categoría de Mosso/a del cuerpo de Mossos (núm. de registro de la convocatoria 49/15). DOGC: Núm. 6899 – 25.6.2015.
  • 202 plazas de la categoría de cabo del Cuerpo de Mossos d’Esquadra de la Generalitat de Catalunya.

Normativa y requisitos*

Las personas participantes deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser funcionario de la Generalitat de Catalunya de la categoría de Mosso/a de la escala básica del cuerpo de Mossos d’Esquadra.
  • Tener una antigüedad mínima de dos años como funcionario de carrera en la categoría de mosso/a del cuerpo de Mossos d’Esquadra.
  • Estar, respecto de la Generalitat de Catalunya, en el cuerpo, la escala y la categoría mencionadas, en alguna de las situaciones administrativas: servicio activo, servicios especiales, servicios en otras administraciones o cualquier otra situación administrativa que comporte reserva de puesto de trabajo.
  • Tener el título de graduado escolar, de graduado en educación secundaria obligatoria, de formación profesional de primer grado o equivalente, o cualquier otro de nivel superior en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en la convocatoria. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, hay que disponer de la correspondiente homologación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
  • Satisfacer la tasa establecida en la base 3.2.2 de esta convocatoria.

Las personas participantes deben cumplir los requisitos establecidos anteriormente al último día del plazo de presentación de solicitudes de participación. Asimismo, estos requisitos se deben continuar cumpliendo hasta la fecha de resolución de la convocatoria. Las personas participantes que no cumplan alguno de los requisitos serán excluidas de la convocatoria.

*En base a la convocatoria de 2015. Este texto es un resumen de los requisitos de la última convocatoria y en ningún caso sustituye el texto original de la publicación oficial.

Estructura del proceso selectivo*

  • Primera prueba: prueba de conocimientos. Consta de tres subpruebas:

1. Primera subprueba: consiste en responder un cuestionario tipo test sobre el temario que figura en el anexo de esta Resolución. La subprueba se valora de 0 a 15 puntos. Para superar esta subprueba se tiene que obtener una puntuación mínima de 7,5 puntos.

2. Segunda subprueba: consiste en responder por escrito una pregunta abierta sobre el temario que figura en el anexo 2 de esta Resolución. La subprueba se valora de 0 a 10 puntos. Para superar esta subprueba se tiene que obtener una puntuación mínima de 5 puntos. El tribunal calificador no tiene que evaluar la segunda subprueba de las personas participantes que no hayan superado la primera subprueba.

3. Tercera subprueba: conocimientos de lengua catalana. Consta de dos partes:

    • Primera parte: se evalúan el dominio de la expresión escrita mediante la redacción de una carta personal de 150 palabras, como mínimo, y los conocimientos prácticos de lengua mediante seis bloques de preguntas sobre conocimientos sintácticos y de comprensión de lengua catalana relacionados, en grado adecuado, con las funciones de las plazas objeto de esta convocatoria.
    • Segunda parte: se evalúa la expresión oral por medio de una exposición oral y una conversación sobre temas generales de actualidad.
      Esta subprueba tiene una duración máxima de 1 hora y 30 minutos para la primera parte y de 10 minutos para la segunda parte. La calificación de esta subprueba es de apto o no apto. Para superar esta subprueba se tiene que obtener la calificación de apto.
      El tribunal calificador no tiene que evaluar la tercera subprueba de las personas participantes que no hayan
      superado la segunda subprueba.
      Están exentas de realizar esta subprueba las personas participantes que acrediten documentalmente, dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación al que hace referencia la base 3.2.1, estar en posesión del nivel intermedio de catalán (B2) de la Dirección General de Política Lingüística, o superior o equivalente, de acuerdo con la denominación del Decreto 3/2014, de 7 de enero, por el que se modifica el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán. Las equivalencias al nivel mencionado se establecen de acuerdo con la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística (DOGC núm. 5511, de 23.11.2009), modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril (DOGC núm. 5610, de 19.4.2010).
      Asimismo, están exentas de la realización de esta subprueba las personas participantes que hayan participado y obtenido plaza en procesos anteriores de selección de personal para acceder a la Administración de la Generalitat en las que hubiera establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior, o que hayan superado dicha prueba en otros procesos de la oferta pública de empleo del año 2015.
  • Segunda prueba: prueba física:

Consiste en la realización de los ejercicios físicos que se especifican en el anexo 3 de esta Resolución. Para realizar esta prueba, las personas participantes tienen que presentarse con ropa deportiva. La prueba se valora de 0 a 10 puntos, según los baremos establecidos en el citado anexo 3.
A efectos del baremo, la edad de cálculo será la que tenga la persona participante el último día del plazo de presentación de solicitudes de participación.
Para la realización de esta prueba, las personas participantes asumen la responsabilidad de cumplir las condiciones físicas necesarias para desarrollar los ejercicios físicos que se describen en el anexo 3 de esta
Resolución.
Las personas participantes que en algún ejercicio físico obtengan una marca inferior a la marca mínima de exclusión (MIM) quedarán excluidas de la convocatoria.
Las mujeres participantes que acrediten estar embarazadas o que no hayan cumplido las dieciséis semanas desde el nacimiento de su hijo pueden solicitar el aplazamiento de la realización de la prueba física hasta la siguiente convocatoria, pero tienen que realizar el resto de pruebas de la fase de oposición. Con la solicitud de aplazamiento de realización de la prueba física tienen que aportar, obligatoriamente, el certificado médico que lo acredite.
En caso de que superen el resto de pruebas de la fase de oposición, la realización del curso de capacitación queda condicionada a la superación de la prueba física, que prevea la siguiente convocatoria de acceso a la categoría de cabo, y a que les corresponda por su calificación global, obtenida por la suma de las puntuaciones de la fase de concurso más las puntuaciones de la fase de oposición, teniendo en cuenta el número máximo de personas que pueden ser convocadas a la realización del curso de capacitación.

  • Tercera prueba: prueba psicotécnica:

Consiste en la realización de tests psicotécnicos y de una entrevista orientados a evaluar la adecuación de las características de la persona participante en relación con las funciones de la categoría de cabo del cuerpo de Mossos de d’Esquadra. La calificación de la prueba es de apto o no apto. Para superar esta prueba se tiene que obtener la calificación de apto.

  • Cuarta prueba: exposición oral de un caso práctico:

Consiste en la exposición oral de un caso práctico sobre el temario que figura en el anexo 2 de esta Resolución.
La prueba se valora de 0 a 30 puntos. Para superar esta prueba se tiene que obtener una puntuación mínima de 15 puntos

*En base a la convocatoria de 2015. Este texto es un resumen de los requisitos de la última convocatoria y en ningún caso sustituye el texto original de la publicación oficial.

Para más información

Si desea más información respecto a nuestros cursos de oposiciones o inscribirse en ellos puede contactar con nuestro responsable rellenando el siguiente formulario de contacto:

O si lo prefiere puede desplazarse presencialmente o contactar telefónicamente:

GdE Lleida:
  • C/ Alcalde Costa, 18, 25002 Lleida
  • Tel: 973 28 08 88

Información adicional

Tarifa

Inscripción

Valoraciones

No hay valoraciones aún.

Solo mostrar reseñas en Español (0)

Sé el primero en valorar “Cabo Mossos d’Esquadra”

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.