Descripción
Los cursos de preparación
Días | Horas | Inicio |
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Viernes (Maestros Primaria) (clases presenciales o por videoconferencia).
Posibilidad de ver las clases en directo o en diferido. 6 horas particulares en horario personalizado para la tutorización de la unidad didáctica. |
De 18:00 a 21:00 horas | Próximamente. |
Por determinar | Por determinar | 2023 |
*RESERVA DE PLAZAS ABIERTA. Hay una ratio máxima de alumnos por grupo de 20
Días | Horas | Inicio |
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Sábados (Maestros Primaria) (clases presenciales o por videoconferencia).
Posibilidad de ver las clases en directo o en diferido. 6 horas particulares en horario personalizado para la tutorización de la unidad didáctica. |
De 8:30 a 11:30 horas | Próximamente. |
Sábados (Maestros Infantil) (clases presenciales o por videoconferencia).
Posibilidad de ver las clases en directo o en diferido. 6 horas particulares en horario personalizado para la tutorización de la unidad didáctica. |
De 12:00 a 14:00 horas | Próximamente. |
Por determinar | Por determinar | 2023 |
*RESERVA DE PLAZAS ABIERTA. Hay una ratio máxima de alumnos por grupo de 20
Estado de la convocatoria
Próxima convocatoria (2023):
- Convocatoria: pendiente de publicación.
Convocatoria anterior (2020):
- Oferta pública: ACORD GOV/153/2020, de 9 de deciembre, por el cual se aprueba la oferta de ocupación pública parcial para 2020 correspodiente a plazas de funcionarios de cuerpos docentes no universitarios. Enlace.
- Temario:
- PRIMARIA: Aprobado por Orden ECI/592/2007 de 12 de marzo (BOE del 15.03.2007).
- PRIMARIA INGLÉS: Aprobado por Orden de 9 de septiembre de 1993 (BOE del 21.09.1993).
- PRIMARIA EDUCACIÓN FÍSICA: Aprobado por Orden de 9 de septiembre de 1993 (BOE del 21.09.1993).
- INFANTIL: Aprobado por Orden de 9 de septiembre de 1993 (BOE del 21.09.1993).
- EDUCACIÓN ESPECIAL (PEDAGÓGICA TERAPÉUTICA): Aprobado por Orden de 9 de septiembre de 1993 (BOE del 21.09.1993).
- Convocatoria publicada: Convocatoria Cuerpos Docentes 2021
- Plazo de presentación de solicitudes: Finalizado.
Plazas: 2117
- Publicación de la convocatoria: DOGC 7782 (07.01.2019).
- Convocatoria: DOGC 8042 (15.01.2020) – (Se considera que será el modelo que se tendrá en cuenta)
Normativa y requisitos
Requisitos específicos
Tener (o reunir las condiciones para la expedición) el título de Maestro; la diplomatura de Profesor de Educación General Básica o Maestro de Enseñanza Primaria, o el título de grado correspondiente.
Requisitos generales
- Ser español, o tener la nacionalidad de otro estado miembro de la Unión Europea o de un estado al que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, o bien tener la condición de cónyuge, de descendiente o de descendiente del cónyuge (ser menor de 21 años o mayor de esa edad, pero que viva a cargo de sus progenitores).
- Tener 16 años cumplidos y no exceder, en el momento del nombramiento como funcionario de carrera, la edad establecida para la jubilación con carácter general.
- Tener alguna de las titulaciones que determina la convocatoria para cada cuerpo, o reunir las condiciones para la expedición.
- No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes al cuerpo y la especialidad a que se opta.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna de las administraciones públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para acceder al cuerpo o escala de funcionario.
- No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
- No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo al que se quiere ingresar.
Estructura del proceso selectivo
Según publicación de la convocatoria: DOGC 7782 (07.01.2019).
6.1.4 Pruebas de idiomas modernos.
Las pruebas correspondientes a las especialidades de idiomas modernos del cuerpo de maestros deberán realizarse en el idioma correspondiente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero . La programación didáctica que los interesados deben presentar los tribunales, según la base 6.4.1, también deberá realizarse en el idioma correspondiente.
6.2 Prueba de acreditación del conocimiento de la lengua castellana por los aspirantes que no posean la nacionalidad española. (Que no estén exentos)
6.3 Prueba de conocimientos de las dos lenguas oficiales en Cataluña, tanto en la expresión oral como en la escrita (que no estén exentos)
6.4.1 Pruebas de la fase de oposición.
La fase de oposición consta de dos pruebas eliminatorias. Su superación permite al aspirante pasar a la fase de concurso.
6.4.1.1 Primera prueba.
Tiene por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consiste en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica. Para la evaluación de esta prueba los tribunales deben tener en cuenta las pautas y criterios mencionados en la base 5.11.
Parte A) de la primera prueba: programación didáctica.
Presentación de una programación didáctica que debe hacer referencia al currículo vigente en Cataluña y debe tener en cuenta la inclusión y la perspectiva de género.
En las especialidades del cuerpo de maestros la programación incluirá la planificación del curriculum de un ámbito (o de varios ámbitos en el caso de la educación primaria), área (o de varias áreas en el caso de la educación infantil ) relacionados con la especialidad para la que se participa, en la que se especificará, al menos, las capacidades o las competencias, los contenidos, los criterios de evaluación, la metodología, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías del aprendizaje y el conocimiento, el enfoque globalizador con otros ámbitos o áreas, la distribución temporal, la gestión del aula, así como las medidas y soportes universales, adicionales o intensivos que se prevén utilizar para el atención educativa al alumnado en el marco de un sistema inclusivo.
Parte B) de la primera prueba: unidad didáctica.
La preparación y exposición oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica, puede estar relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso el aspirante debe elegir la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En el segundo caso el aspirante debe elegir la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad.
La exposición de la unidad didáctica se realiza en sesión pública.
6.4.1.2 Segunda prueba.
Tiene por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta y consta de dos partes que son valoradas de manera conjunta.
Parte A) de la segunda prueba: prueba práctica.
En todas las especialidades se debe realizar una prueba práctica que permita comprobar que los aspirantes tienen la formación científica y el dominio de las habilidades instrumentales o técnicas correspondientes a la especialidad a la que se opta, que demuestren la capacidad para construir las adecuadas situaciones de aprendizaje que promuevan el logro de las competencias por parte de los alumnos, de acuerdo con las especificaciones, pautas y criterios que se incluyen en el anexo 7.
Para la realización de esta prueba, en el cuerpo de maestros, el aspirante puede disponer de la
normativa de ordenación curricular
Parte B) de la segunda prueba: desarrollo de un tema.
Consiste en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre un número de temas extraídos al azar por el tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) En las especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, se debe elegir de entre tres temas.
b) En las especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51 temas, se debe elegir de entre cuatro temas.
c) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, se debe elegir de entre cinco temas. Según convocatoria.
Según publicación de la convocatoria: DOGC 8042 (15.01.2020).
6.5.1 Pruebas de la fase de oposición.
La fase de oposición consta de dos pruebas eliminatorias. Su superación permite al aspirante pasar a la fase de concurso.
6.5.1.1 Primera prueba.
Tiene por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consiste en la presentación y defensa de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica.
- Parte A: programación didáctica
- Parte B: unidad didáctica
Esta primera prueba se valora globalmente de cero a diez puntos. Para su superación los aspirantes deberán obtener una puntuación igual o superior a cinco puntos.
Parte A) de la primera prueba: programación didáctica.
Presentación de una programación didáctica elaborada por el aspirante que tiene que hacer referencia al currículo vigente en Cataluña y debe tener en cuenta la inclusión educativa y la perspectiva de género y que debe incluir la planificación del currículo de una materia, crédito, módulo profesional, nivel o asignatura relacionada con la especialidad para la que se participa. En el caso de la especialidad de orientación educativa la programación didáctica consiste en un plan de actuación educativa.
En la programación didáctica se especificarán, al menos, los objetivos, las competencias, las capacidades o los resultados de aprendizaje que se desarrollan, los contenidos, los criterios de evaluación, la metodología, la distribución temporal y el agrupamiento de alumnos, así como las medidas y apoyos que se prevén utilizar para la atención a todo el alumnado en el marco de un sistema educativo inclusivo.
Esta programación se corresponde con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en que el profesorado de la especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo y su elaboración se ajustará a lo dispuesto en el anexo 5.
La defensa de la programación o del plan de actuación educativa incluye la respuesta a las cuestiones pedagógicas que el tribunal estime pertinente plantear a partir de los documentos presentados.
Los aspirantes han de entregar la mencionada programación al tribunal en el acto de presentación.
Una vez leída por el tribunal, esta programación se debe presentar y defender en el momento en que el aspirante sea convocado al efecto por el mismo tribunal.
En el momento de la presentación, el aspirante puede utilizar un ejemplar de la programación aportado por él mismo y un guión, que no exceda de una hoja por las dos caras, o en formato digital, que no exceda de dos pantallas, en forma de esquema, que le sirva para ordenar su exposición y que, en cualquiera de los dos casos, se entregará al tribunal en el momento de finalizarlo, el guión en papel o, en el caso del guión en formato digital, se debe llevar el documento impreso y entregarlo al tribunal.
Si el aspirante no presenta esta programación se entiende que renuncia a continuar en el proceso selectivo y pierde todos los derechos que a partir de este momento se puedan derivar.
La presentación y defensa de la programación se realiza en sesión pública.
Parte B) de la primera prueba: unidad didáctica.
La preparación y exposición oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica, puede estar relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso el aspirante debe elegir la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En el segundo caso el aspirante debe elegir la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad. La programación del aspirante debe contener un mínimo de 6 unidades.
En la exposición de la unidad didáctica deberán concretarse, al menos, los objetivos de aprendizaje que se pretenden alcanzar, las competencias o capacidades que se desarrollan, los contenidos, los criterios de evaluación, las actividades de enseñanza y de aprendizaje y los aspectos organizativos y metodológicos básicos, la temporización y las conexiones con otras materias, créditos o módulos profesionales o asignaturas
relacionadas, así como las estrategias de atención educativa al alumnado en el marco de un sistema educativo inclusivo.
Para la exposición de la unidad didáctica, el aspirante puede utilizar un guión, que no exceda de una hoja por las dos caras, o en formato digital, que no exceda de dos pantallas, en forma de esquema, que le sirva para ordenar su exposición y que, en cualquiera de los dos casos, se entregará al tribunal en el momento de finalizarla, el guión en papel o, en el caso del guión en formato digital, se llevará el documento impreso y entregarlo al tribunal.
En la medida de lo posible las sedes de los tribunales facilitarán la utilización de los medios técnicos que sean necesarios para la defensa de la programación y de la unidad didáctica.
En cualquier caso en el acto de presentación se debe concretar cómo se puede hacer uso de estos medios y de las limitaciones que pueda haber.
La exposición de la unidad didáctica se realiza en sesión pública.
La superación de esta prueba permite al aspirante pasar a la segunda prueba.
6.5.1.2 Segunda prueba.
Tiene por objeto la comprobación de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta y las habilidades para construir situaciones de aprendizaje. Consta de dos partes que son valoradas de forma conjunta:
- Parte A. Prueba práctica
- Parte B. Desarrollo de un tema
El total de la segunda prueba se valora de 0 a 10 puntos, el cual se desglosa en 7 puntos en la parte A y en 3 puntos en la parte B.
Para superar esta segunda prueba los aspirantes deberán obtener una puntuación mínima igual o superior a cinco puntos, siendo este el resultado de sumar las puntuaciones correspondientes a las partes A) y B), ponderadas de la siguiente manera:
- La parte A) se valora de 0 a 10 puntos y le corresponde el 70% de puntuación del total de el aprobado.
- La parte B) se valora de 0 a 10 puntos y le corresponde el 30% de puntuación del total de el aprobado.
Para superar cada una de las dos partes se ha de obtener una puntuación mínima de 2.5 puntos en cada una de ellas y así, cuando se superen, poder aplicar la ponderación correspondiente.
Parte A) de la segunda prueba: prueba práctica.
En todas las especialidades se debe realizar una prueba práctica que permita comprobar que los aspirantes tienen la formación científica y el dominio de las habilidades instrumentales o técnicas correspondientes a la especialidad a la que se opta, que demuestren la capacidad para construir las adecuadas situaciones de aprendizaje que promuevan el logro de las competencias por parte de los alumnos.
Los aspirantes de los cuerpos de artes plásticas y diseño no pueden disponer de la normativa de ordenación curricular, por su nivel de concreción y para garantizar los objetivos de la prueba
Posteriormente, los aspirantes serán convocados por el tribunal, por el código de la prueba realizada, para la lectura de la prueba práctica en relación con la situación de aprendizaje en el aula.
El aspirante dispone, a estos efectos, de un tiempo máximo de veinte minutos, en los que, finalizada la lectura, el tribunal puede plantear dudas y pedir aclaraciones al aspirante en un tiempo máximo de diez minutos.
En su caso, para la realización de la prueba práctica el aspirante debe llevar los utensilios o elementos indicados en el acto de presentación y hechos públicos previamente en el tablón de anuncios.
En caso de que se utilicen herramientas digitales es responsabilidad del aspirante garantizar que el soporte informático que se entregue al tribunal contenga la prueba realizada. En consecuencia, debe ser debidamente revisado por el aspirante antes de su entrega.
Parte B) de la segunda prueba: desarrollo de un tema.
Consiste en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre un número de temas extraídos al azar por el tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) En las especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, se debe elegir de entre tres temas.
b) En las especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51 temas, se debe elegir de entre cuatro temas.
c) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, se debe elegir de entre cinco temas.
El tiempo que se dispone para su realización es de un máximo de dos horas.
La parte B) de la segunda prueba en todas las especialidades, es anónima y, por tanto, los ejercicios deben ser leídos por los propios tribunales y en su corrección se debe garantizar el anonimato de los aspirantes.
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